La Ordenanza Municipal de Policía Urbana del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, establece en su artículo 7:
- A.Se prohíbe la realización de actividades, en la vía pública, por personas no autorizadas, como son las denominadas "guardacoches", "limpiaparabrisas" y análogas, que suponiendo una molestia, juzgar y perjuicio a las usuarios de vehículos y obstaculizar la circulación del vehículo.
- B.Queda prohibida la práctica de la mendicidad y la de la producción en la vía pública, en los atrios de las iglesias, cafeterías y demás establecimientos, incluidos cajeros automáticos.
- C.La prohibición de actos y actuaciones contra la vía pública, y cuantas actuaciones atenten contra el uso normal de la misma.Respuesta correcta
- D.Se prohíbe en general los actos y actuaciones que con carácter intencional o sin él, presenten peligro de producir inmisión.
Explicación
La respuesta correcta es C. El art. 7 de la Ordenanza de Policía Urbana de Badajoz regula la prohibición de actos contra la vía pública que atenten contra su uso normal.