Según el Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Valenciana de Espectáculos Públicos, los Ayuntamientos, para las instalaciones eventuales, portátiles o desmontables podrán exigir la constitución de fianza que vendrá determinado por el aforo del espectáculo autorizado en la licencia. ¿Cuál será esta para un aforo de hasta 1500 personas?
- A.30.000 euros.
- B.60.000 euros.
- C.120.000 euros.Respuesta correcta
- D.A partir de 500 personas de aforo y hasta 5000, es una cantidad fija de 25.000 euros.
Explicación
La respuesta correcta es C. Según el Decreto 143/2015, para un aforo de hasta 1.500 personas en instalaciones eventuales, portátiles o desmontables, los ayuntamientos pueden exigir una fianza de 120.000 euros.