Según dispone la Instrucción Técnica Complementaria número 8, “Espectáculos con artificios pirotécnicos realizados por expertos”, contenida en el vigente Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería, se establece que la distancia de seguridad es:
- A.La distancia existente entre los morteros de la zona de lanzamiento o el mortero del artículo de mayor calibre y la línea perimetral de las zonas de seguridad.Respuesta correcta
- B.La distancia existente entre los morteros de la zona de lanzamiento o el mortero del artículo de menor calibre y la línea perimetral de las zonas de seguridad.
- C.La distancia existente entre los morteros de la zona de lanzamiento o el mortero del artículo de menor calibre y la línea de tiro.
- D.La distancia existente entre los morteros de la zona de lanzamiento o el mortero del artículo de mayor calibre y la línea de tiro.
Explicación
La respuesta correcta es A. La distancia de seguridad en espectáculos con fuego aéreo se define como la distancia entre los morteros de la zona de lanzamiento o el mortero del artículo de mayor calibre y la línea perimetral de las zonas de seguridad. Se toma como referencia el mortero de mayor calibre.