En el artículo 8.2 de la L.O. 11/1985, de Libertad Sindical se establecen los derechos de las secciones sindicales de los sindicatos más representativos y de los que tengan representación en los comités de empresa y en los órganos de representación que se establezcan en las Administraciones Públicas o cuenten con delegados de personal, sin perjuicio de lo que se establezca mediante convenio colectivo. Dentro de los derechos se encuentra:
- A.Utilización de un local adecuado en el que puedan desarrollar sus actividades en aquellas empresas o centros de trabajo con más de 50 trabajadores.
- B.Utilización de un tablón adecuado en el que puedan desarrollar sus actividades en aquellas empresas o centros de trabajo con más de 150 trabajadores.
- C.Utilización de un local adecuado en el que puedan desarrollar sus actividades en aquellas empresas o centros de trabajo con más de 250 trabajadores.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 8.2.c) de la LO 11/1985 establece derecho a local adecuado para secciones sindicales en empresas con más de 250 trabajadores.