En que horario podrá iniciar y concluir su actividad un Salón de Recreativo, un jueves no víspera de festivo, con arreglo a la Orden de 21 de abril de 2022, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se establece el régimen relativo a los horarios de los locales de LEPAR.
- A.09.00 a 00.00 horas.
- B.12.30 a 01.00 horas.
- C.10.00 a 00.30 horas.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. Según la Orden de 21 de abril de 2022, un Salón Recreativo el jueves puede iniciar a las 10:00 horas y debe concluir a las 00:30 horas.