De acuerdo con el artículo 329 del Código Penal, la autoridad o funcionario público que, a sabiendas, y con motivo de sus inspecciones de industrias o actividades contaminantes hubiere silenciado la infracción de leyes o disposiciones normativas de carácter general que las regulen, o que hubiere omitido la realización de inspecciones de carácter obligatorio, será castigado con las penas de:
- A.Prisión, multa, inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo.Respuesta correcta
- B.Sólo con la de prisión, multa e inhabilitación especial.
- C.Sólo con la de prisión e inhabilitación especial.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 329.1 del Código Penal castiga al funcionario que silencie infracciones de industrias contaminantes con prisión de 6 meses a 3 años, multa, inhabilitación especial para empleo público y pérdida del derecho de sufragio pasivo.