Según el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación en su artículo 15.4, se establece que “En los vehículos de anchura inferior a un metro la carga...”:
- A.No deberá sobresalir lateralmente más de 0,60 metros a cada lado de su eje longitudinal
- B.No deberá sobresalir lateralmente más de 0,75 metros a cada lado de su eje longitudinal
- C.No deberá sobresalir lateralmente más de 0,50 metros a cada lado de su eje longitudinalRespuesta correcta
- D.Podrá sobresalir por la extremidad anterior y no más de 0,25 metros por la posterior
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 15.4 del Reglamento General de Circulación establece que en vehículos de anchura inferior a un metro, la carga no deberá sobresalir lateralmente más de 0,50 metros a cada lado de su eje longitudinal.