Según el artículo 141.1 de la Constitución española :
- A.El municipio tendrá personalidad jurídica propia, en función de su división territorial, para el cumplimiento de las actividades del Estado. Cualquier alteración de los límites municipales habrá de ser aprobada por los ciudadanos del respectivo territorio
- B.La provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado. Cualquier alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobada por las Cortes Generales mediante ley orgánicaRespuesta correcta
- C.El municipio tendrá personalidad jurídica propia, en función de su división territorial, para el cumplimiento de las actividades del Estado. Cualquier alteración de los límites municipales habrá de ser aprobada por los ciudadanos del respectivo territorio, así como la Diputación Provincial
- D.El municipio tendrá personalidad jurídica propia, en función de su división territorial, para el cumplimiento de las actividades del Estado. Cualquier alteración de los límites municipales habrá de ser aprobada por los ciudadanos del respectivo territorio, la Diputación Provincial, así como la correspondiente Comunidad Autónoma
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 141.1 de la Constitución Española establece que la provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios. Cualquier alteración de sus límites debe ser aprobada por las Cortes Generales mediante ley orgánica.