En los delitos contra la seguridad vial:
- A.El vehículo a motor o ciclomotor utilizado en los hechos previstos en dicho Capítulo se considerará instrumento del delito.Respuesta correcta
- B.El vehículo a motor o ciclomotor utilizado en los hechos previstos en dicho Capítulo no se considerará instrumento del delito.
- C.El vehículo a motor utilizado en los hechos previstos en dicho Capítulo no se considerará instrumento del delito.
Explicación
El artículo 385 bis CP establece que el vehículo a motor o ciclomotor utilizado en delitos contra la seguridad vial se considera instrumento del delito (respuesta A), permitiendo su comiso. Esta disposición refuerza el efecto disuasorio de estos delitos al permitir privar al condenado del vehículo empleado en la infracción penal.