Conforme a lo dispuesto en el artículo tercero de la Ley Orgánica 6/1984, de 24 de mayo, reguladora del procedimiento de “Habeas Corpus”, podrán instar el procedimiento de «Habeas Corpus»:
- A.El abogado defensor.
- B.El Ministerio Fiscal y el Defensor del Pueblo.Respuesta correcta
- C.Las respuestas a) y b) son incorrectas.
Explicación
El artículo 3 de la Ley Orgánica 6/1984 de Habeas Corpus legitima a privado de libertad, su cónyuge, ascendientes, descendientes, hermanos, Ministerio Fiscal y Defensor del Pueblo. También juez competente puede iniciarlo de oficio.