Conforme al artículo 12.4 de la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía, la aprobación del Plan Territorial de Emergencia de Andalucía corresponde:
- A.Al Consejo de Gobierno, a propuesta del titular de la Consejería competente en materia de protección civil, previo informe de la Comisión de protección Civil de Andalucía.Respuesta correcta
- B.Al Parlamento de Andalucía, a propuesta del Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de protección Civil de Andalucía.
- C.Al Presidente de la Junta de Andalucía, a propuesta de la Comisión de protección Civil de Andalucía, previo informe de la Consejería competente en materia de protección civil.
Explicación
El artículo 12.4 de la Ley 2/2002 de Gestión de Emergencias de Andalucía atribuye al Consejo de Gobierno aprobación de Plan Territorial de Emergencia, previa propuesta y informe de Comisión.