Según el artículo 4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, las mancomunidades de municipios:
- A.Sólo pueden tener las mismas potestades que las Administraciones públicas de carácter territorial, siempre que esté expresamente previsto en sus Estatutos.
- B.En ningún caso pueden tener las mismas potestades que las Administraciones públicas de carácter territorial.
- C.En defecto de previsión estatutaria, les corresponderán todas las potestades de las Administraciones públicas de carácter territorial, siempre que sean precisas para el cumplimiento de su finalidad, y de acuerdo con la legislación aplicable a cada una de dichas potestades, en ambos casos.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 4.3 de la Ley 7/1985 establece que mancomunidades de municipios tienen potestades determinadas por sus Estatutos. En defecto de previsión estatutaria, tienen todas las potestades necesarias.