Conforme al artículo 106.1 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, la Administración competente en materia de ordenación y gestión del tráfico podrá ordenar el traslado del vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su posterior destrucción y descontaminación, si, presenta desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios, o le falten las placas de matrícula, cuando permanezca estacionado en el mismo lugar durante un periodo superior a:
- A.Un mes.Respuesta correcta
- B.Dos meses.
- C.Quince días.
Explicación
El artículo 106.1.b) de la Ley de Tráfico permite traslado a Centro de Tratamiento cuando vehículo permanece estacionado más de un mes en mismo lugar con desperfectos que impiden desplazamiento.