Pregunta 26

Policía Local - 2023 - Policía Local - Sevilla 102 plazas

Conforme al artículo 290 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, los administradores, de hecho o de derecho, de una sociedad constituida o en formación, que falsearen las cuentas anuales que deban reflejar la situación económica de la entidad, de forma idónea para causar un perjuicio económico a la misma, serán castigados con la pena de prisión de:

  • A.Uno a tres años y multa de seis a doce meses.Respuesta correcta
  • B.Dos a cuatro años y multa de tres a seis meses.
  • C.Dos a tres años y multa de nueve a doce meses .

Explicación

El artículo 290 del Código Penal castiga a administradores que falseen cuentas anuales causando perjuicio económico con pena de prisión uno a tres años y multa de seis a doce meses.