Según lo establecido en el Anexo IV del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, circular a 91 km/h en vía limitada a 50 km/h, se sanciona con:
- A.Multa de 500 euros, y la detracción de 6 puntos.Respuesta correcta
- B.Multa de 600 euros, y la detracción de 6 puntos.
- C.Multa de 400 euros, y la detracción de 4 puntos.
Explicación
Circular a 91 km/h en vía limitada a 50 km/h constituye exceso de 41 km/h. Conforme al Anexo IV del Real Decreto 6/2015, este exceso (41-50 km/h) se sanciona con multa 500 euros y 6 puntos.