La Ley 3/2017, de 5 de abril, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Cantabria, determina, en su art. 28, el horario del período de verano, se aplicará:
- A.Exclusivamente, desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre.
- B.Exclusivamente, desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre.
- C.Desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre, fiestas de carnaval (fijadas por cada Municipio), Semana Santa (en el período comprendido entre el Domingo de Ramos y el Lunes de Pascua, ambos inclusive) y festividades de Navidad (que comprenderán desde el 25 de diciembre hasta el 6 de enero, ambos inclusive).Respuesta correcta
- D.Los viernes, sábados y víspera de festivo.
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 28 de la Ley 3/2017 Cantabria de Espectáculos establece horario verano desde 1 julio a 30 septiembre, más períodos: carnaval, Semana Santa y Navidad.