En relación a los bienes comunales, es cierto que:
- A.Su aprovechamiento corresponde al común de los vecinos.Respuesta correcta
- B.Son bienes patrimoniales.
- C.Podrían pertenecer, únicamente, a Entidades locales menores.
- D.Ninguna de las tres afirmaciones anteriores es correcta.
Explicación
La respuesta correcta es A. Los bienes comunales son bienes de dominio público cuyo aprovechamiento corresponde al común de los vecinos municipales, según el artículo 79.3 de la LRBRL. Se diferencian de los patrimoniales por su naturaleza pública y destino colectivo.