Según el Título XI de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, serán infracciones muy graves a las ordenanzas locales:
- A.La intensidad de la perturbación ocasionada en el uso de un servicio o de un espacio público.
- B.La intensidad de los daños ocasionados a los equipamientos, infraestructuras, instalaciones de un servicio público.
- C.El impedimento del uso de un servicio público por otra u otras personas con derecho a su utilización.Respuesta correcta
- D.Los actos de deterioro moderado de los espacios públicos o de cualquiera de sus instalaciones y elementos, sean muebles o inmuebles.
Explicación
La respuesta correcta es C. Según el Título XI LRBRL, es infracción muy grave el impedimento del uso de un servicio público por otras personas con derecho a su utilización, por ser la conducta de mayor gravedad.