Según el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación al recurso de alzada:
- A.El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso, salvo en el supuesto previsto en el artículo 24.1, tercer párrafo de la citada Ley.Respuesta correcta
- B.El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de seis meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso, salvo en el supuesto previsto en el artículo 24.1, tercer párrafo de la citada Ley.
- C.El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de seis meses. Transcurrido este plazo, se entiende desestimado el recurso, aunque posteriormente recibiese una resolución expresa estimatoria.
- D.El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso, salvo en el supuesto previsto en el artículo 24.1, tercer párrafo de la citada Ley.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 122 de la Ley 39/2015 fija en tres meses el plazo máximo para resolver el recurso de alzada. Transcurrido sin resolución, se entiende desestimado por silencio administrativo.