Según el art. 104.5 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, ¿se podrá proceder a la retirada del permiso de circulación?
- A.Sí, siempre de forma potestativa o facultativa.
- B.In situ y siempre que a criterio de los agentes actuantes lo estimen preceptivo.
- C.A y B son correctas.
- D.Ninguna es correcta.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. Según el artículo 104.5 del Real Decreto Legislativo 6/2015, la retirada del permiso de circulación se produce de forma reglada cuando el vehículo presenta deficiencias que constituyan riesgo grave para la seguridad vial.