Agredir a un administrativo de un Ayuntamiento con contrato como personal laboral constituye:
- A.Delito de lesiones del artículo 152, variando el punto y la pena en función de las lesiones que se le causen.
- B.Delito de lesiones del artículo 147, variando el punto y la pena en función de las lesiones que se le causen.
- C.Delito de atentado del artículo 550 en concurso ideal-medial con las lesiones que se le causen.Respuesta correcta
- D.Para que constituya delito de atentado tiene que ser personal funcionario.
Explicación
La respuesta correcta es C. Agredir a un administrativo laboral de un Ayuntamiento constituye delito de atentado (art. 550 CP) en concurso ideal con las lesiones causadas, protegiendo la ley a personal al servicio de administraciones públicas.