Tendrá la consideración de falta muy grave, en base a la Ley Orgánica 4/2010:
- A.La tenencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, excepto que esa tenencia se derive de actuaciones propias del servicio.
- B.Dar lugar al extravío, pérdida o sustracción por negligencia inexcusable de los distintivos de identificación o del arma reglamentaria.
- C.Todas son muy graves.
- D.El acoso sexual y el acoso laboral, consistente este último en la realización reiterada, en el marco de una relación de servicio, de actos de acoso psicológico u hostilidad.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. Según la Ley Orgánica 4/2010, el acoso sexual y el acoso laboral con realizaciones reiteradas de actos de hostilidad psicológica constituyen faltas muy graves. Las opciones A (tenencia de drogas) y B (extravío de distintivos) son solo faltas graves.