Según el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se consideran interesados en el procedimiento administrativo:
- A.Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos.
- B.Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte.
- C.Aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva.
- D.Todas las anteriores son correctas.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 4 de la Ley 39/2015 define interesados: quienes promueven el procedimiento (A), quienes tengan derechos afectados sin iniciarlo (B) y quienes con interés legítimo se personen antes de resolución (C).