De acuerdo con el art. 47 de la Constitución Española, ¿quien participara de las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos?
- A.La Comunidad.
- B.El Ayuntamiento al tratarse de un impuesto Municipal.Respuesta correcta
- C.El agente urbanizador.
- D.El propietario de los terrenos afectados sea particular o sea Administración Pública.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 47 de la Constitución Española establece que la comunidad participará en las plusvalías generadas por la acción urbanística, que en la práctica se materializa a través del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos Urbanos gestionado por los ayuntamientos.