Las leyes aprobadas por la Asamblea serán promulgadas en nombre del Rey por el Presidente de la Comunidad, que ordenará su publicación en:
- A.El «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» y en el «Boletín Oficial del Estado», en un plazo de quince días desde su aprobación, entrando en vigor a los veinte días de su publicación.
- B.Publicación en el BOCM sobre en un plazo, que en los términos se determine con fuerza de ley.
- C.BOCAM exclusivamente.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El Estatuto de Autonomía de Madrid (LO 3/1983) establece que las leyes aprobadas por la Asamblea de Madrid se publican en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).