Según lo dispuesto en el artículo 81.1 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, a la Comunidad de Andalucía le corresponde:
- A.La competencia exclusiva en materia de juegos, apuestas y casinos, incluidas las modalidades por medios informáticos y telemáticos, cuando la actividad se desarrolle exclusivamente en Andalucía.Respuesta correcta
- B.La competencia compartida en materia de juegos, apuestas y casinos, incluidas las modalidades por medios informáticos y telemáticos, cuando la actividad se desarrolle exclusivamente en Andalucía.
- C.La competencia delegada en materia de juegos, apuestas y casinos, incluidas las modalidades por medios informáticos y telemáticos, cuando la actividad se desarrolle exclusivamente en Andalucía.
Explicación
La respuesta correcta es A. Según el artículo 81.1 de la Ley Orgánica 2/2007, Andalucía tiene competencia exclusiva en materia de juegos, apuestas y casinos, ejerciendo todas las potestades sin compartir.