Según lo dispuesto en el artículo Cuarto apartado Dos de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo:
- A.El Defensor del Pueblo tomará posesión de su cargo ante las Cortes Generales, prestando juramento o promesa de fiel desempeño de su función.
- B.El Defensor del Pueblo tomará posesión de su cargo ante la Mesa del Congreso, prestando juramento o promesa de fiel desempeño de su función.
- C.El Defensor del Pueblo tomará posesión de su cargo ante la Mesa de ambas Cámaras reunidas conjuntamente, prestando juramento o promesa de fiel desempeño de su función.
Explicación
Esta pregunta fue anulada por el tribunal, por lo que no computa en la calificación.