Según el artículo 125 del vigente Reglamento General de Circulación, cual es la distancia mínima que tiene que ver visible el elemento luminoso o reflectante que los peatones deben llevar cuando circulan fuera de poblado, entre el ocaso y la salida del sol, en condiciones meteorológicas adversas:
- A.150 metros.Respuesta correcta
- B.100 metros.
- C.50 metros.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 125 del Reglamento General de Circulación establece una distancia de preseñalización de 150 metros para ciertos elementos de la vía, permitiendo a los conductores anticiparse con suficiente antelación.