Según lo dispuesto en el artículo 17.3 de la Constitución española de 1978:
- A.Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las actuaciones policiales y judiciales, en los términos que la ley establezca.
- B.Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales, en los términos que la ley establezca.Respuesta correcta
- C.Se autoriza la asistencia de abogado al detenido en las actuaciones policiales y judiciales, en los términos que la ley establezca.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 17.3 CE garantiza textualmente que el detenido tendrá asistencia de abogado en las diligencias policiales y judiciales, no en otras actuaciones.