Según el artículo 35 del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores ¿con qué plazo deberá ser notificada la resolución que declare la pérdida de vigencia de un permiso de conducir?
- A.En el plazo máximo de dos meses.
- B.En el plazo máximo de cuatro meses.
- C.En el plazo máximo de seis meses.Respuesta correcta
- D.En el plazo máximo de ocho meses.
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 35 RD 818/2009 establece plazo máximo de 6 meses para notificar la resolución que declare pérdida de vigencia del permiso de conducir.