¿Con qué pena de prisión será castigado el reo de detención ilegal que no dé razón del paradero de la persona detenida, a tenor de lo establecido por el artículo 166 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal?
- A.De diez a veinte años.
- B.De quince a veintiún años.
- C.De cinco a quince años.
- D.De diez a quince años.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 166.1 del Código Penal establece que el reo de detención ilegal que no dé razón del paradero de la persona detenida será castigado con prisión de 10 a 15 años (en detención ilegal) o 15 a 20 años (en secuestro).