En los procedimientos de responsabilidad patrimonial, en los casos en que proceda reconocer derecho a indemnización por anulación en vía administrativa o contencioso-administrativa de un acto o disposición de carácter general, el derecho a reclamar:
- A.Prescribirá a los cinco años de haberse notificado la resolución administrativa o la sentencia definitiva
- B.Prescribirá a los cinco años de haberse producido el daño en el que pretenda fundamentarse la reclamaciónRespuesta correcta
- C.Prescribirá al año de haberse notificado la resolución administrativa o la sentencia definitiva
- D.Prescribirá a los seis meses de haberse notificado la resolución administrativa o la sentencia definitiva
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 67.1 de la Ley 39/2015 establece un plazo de cinco años para reclamar indemnización por responsabilidad patrimonial tras anulación de actos. Este plazo se cuenta desde la fecha del daño, no desde la notificación.