Las medidas de seguridad que se pueden imponer con arreglo al Código Penal español son:
- A.Solo privativas de libertad.
- B.Privativas y no privativas de libertad.Respuesta correcta
- C.Ninguna de las anteriores es correcta.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 96 CP clasifica medidas de seguridad en dos categorías: privativas de libertad (internamiento) y no privativas (inhabilitación, expulsión, libertad vigilada, etc.). La opción A solo menciona privativas; C es incorrecta.