El particular que encerrare o detuviere a otro, privándole de su libertad será castigado con la pena de prisión:
- A.De 2 a 4 años.
- B.De 2 a 6 años.Respuesta correcta
- C.De 4 a 6 años.
Explicación
La respuesta correcta es B según el tribunal. Sin embargo, el artículo 163.1 del Código Penal establece pena de 4 a 6 años (opción C), no 2 a 6 años. Se recomienda revisión.