Un municipio con Cuerpo de Policía Local creado y con una plantilla de 30 personas funcionarias, deberá contar como mínimo en su estructura, conforme a lo dispuesto en el art.38 de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, con la categoría de:
- A.Oficial
- B.InspectorRespuesta correcta
- C.Intendente
- D.Comisario
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 38 de la Ley 17/2017 de Coordinación de Policías Locales de la Comunitat Valenciana establece los requisitos mínimos de estructura orgánica según el tamaño de la plantilla. Con 30 funcionarios, el municipio debe contar obligatoriamente al menos con la categoría de Inspector como requisito estructural.