De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 496 de la LeCrim, el particular, Autoridad o agente de Policía judicial que detuviere a una persona en virtud de lo dispuesto en los precedentes artículos, deberá ponerla en libertad o entregarla al Juez más próximo al lugar en que hubiere hecho la detención, ¿dentro de qué plazo?
- A.dentro las veinticuatro horas siguientes al acto de la misma.Respuesta correcta
- B.dentro las cuarenta y ocho horas siguientes al acto de la misma.
- C.dentro las setenta y dos horas siguientes al acto de la misma.
- D.dentro las doce horas siguientes al acto de la misma.
Explicación
La respuesta correcta es A. El art. 496 de la LECrim establece que la detención debe resolverse dentro de veinticuatro horas, bien entregando a la persona al Juez más próximo o dejándola en libertad.