El Pleno celebra sesión ordinaria como mínimo:
- A.Una vez al mes en municipios de más de 20.000 habitantes.
- B.Cada dos meses en municipios entre 5.001 a 20.000 habitantes.
- C.Cada tres meses en municipios de hasta 5.000 habitantes
- D.Todas las respuestas son correctas.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El art. 46 de la LRBRL 7/1985 establece que el Pleno celebra sesiones ordinarias periódicamente según el tamaño del municipio: mensual (>20.000 hab.), bimensual (5.001-20.000) o trimestral (<5.000).