Según establece en la Ordenanza de Convivencia del municipio de Alcobendas en su Art.º 56.2:
- A.Se prohíbe la demanda o negociación de servicios sexuales retribuidos en el espacio público, por parte clientes o demandantes.Respuesta correcta
- B.Se prohíbe mantener relaciones sexuales en el espacio público.
- C.Se prohíben especialmente aquellas conductas realizadas en el espacio público que favorezcan y promuevan el consumo de prostitución u otras formas de explotación sexual, considerándose aquí comprendidas las de requerir, captar o atraer de manera insistente.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 56.2 de la Ordenanza de Convivencia de Alcobendas prohíbe específicamente la demanda o negociación de servicios sexuales retribuidos en el espacio público para proteger la convivencia ciudadana y la dignidad.