Pregunta 46

Policía Local - 2023 - Policía Local - Alcobendas

Están exentos de la responsabilidad criminal según el artículo 20 del Código penal, el que en estado de necesidad, para evitar un mal propio o ajeno lesione un bien jurídico de otra persona o infrinja un deber, siempre que concurran los siguientes requisitos:

  • A.Primero: Que sea una agresión legítima no con de defensa de los bienes y que el mal causado no sea mayor que el que se trata de evitar. Segundo: que la situación de necesidad no haya sido provocada intencionadamente por el sujeto y Tercero: que el necesitado tenga, por su oficio o cargo, obligación de sacrificarse.
  • B.Primero: Que el mal causado no sea mayor que el que se trata de evitar. Segundo: que la situación de necesidad no haya sido provocada intencionadamente por el sujeto y Tercero: que el necesitado no tenga, por su oficio o cargo, obligación de sacrificarse.Respuesta correcta
  • C.Primero. Agresión legítima. En caso de defensa de los bienes se reputará agresión ilegítima el ataque a los mismos que constituya delito y los ponga en grave peligro de deterioro o pérdida inminentes. En caso de defensa de la morada o sus dependencias, se reputará agresión ilegítima la entrada indebida en aquella o estas. Segundo. Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla. Tercero. Falta de provocación suficiente por parte del defensor.

Explicación

La respuesta correcta es B. El estado de necesidad exime de responsabilidad criminal si: el mal causado no supera al que se evita, no fue provocado intencionadamente, y el sujeto no tiene obligación de sacrificarse por su cargo u oficio.