Segun el Anexo I apartado B, del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores, en relacion a los codigos de la Union Europea Armonizados y Codigos Nacionales, sobre adaptaciones de los vehiculos, el codigo 35 corresponde a:
- A.Dispositivos de mandos adaptados.Respuesta correcta
- B.Adaptaciones del pedal y protecciones del pedal.
- C.Sistemas combinados de freno de servicio y acelerador.
- D.Retrovisores interiores/laterales modificados.
Explicación
La respuesta correcta es A. Según el Anexo I, apartado B, del Real Decreto 818/2009, el código 35 en los códigos de la Unión Europea armonizados corresponde a dispositivos de mandos adaptados. Estos códigos se utilizan para indicar en el permiso de conducción las adaptaciones o condiciones especiales que debe cumplir el vehículo. El código 35 hace referencia a adaptaciones de los dispositivos de mando para personas con limitaciones físicas específicas.