La eventual autorización de una prueba deportiva al aire libre, según el anexo II del Real Decreto 1428/2003 (RGC), requerirá previamente la emisión de informe sobre su viabilidad, por parte del titular de la vía sobre la que discurra, que será:
- A.Preceptivo y necesario, pero en ningún caso vinculante.
- B.Vinculante cuando se oponga a la realización de la prueba o la condicione al cumplimiento de determinadas prescripciones técnicas.Respuesta correcta
- C.Vinculante únicamente cuando no se oponga a la realización de la prueba o la condicione al cumplimiento de determinadas prescripciones técnicas.
- D.No es necesario la emisión previa de ningún informe.
Explicación
La respuesta correcta es B. El informe sobre viabilidad de pruebas deportivas en vías públicas emitido por el titular de la vía es vinculante cuando se opone a la realización o la condiciona a prescripciones técnicas. El Real Decreto 1428/2003 establece que si el titular de la vía dice no o impone requisitos, su decisión debe respetarse obligatoriamente.