Según la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, en su artículo 35 indica cuales son las infracciones muy graves, diga cuál de las respuestas no es una infracción muy grave:
- A.El escalamiento de edificios o monumentos sin autorización cuando exista un riesgo cierto de que se ocasionen daños a las personas o a los bienes.Respuesta correcta
- B.Las reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas en infraestructuras o instalaciones en las que se prestan servicios básicos para la comunidad o en sus inmediaciones, así como la intrusión en los recintos de éstas, incluido su sobrevuelo, cuando, en cualquiera de estos supuestos, se haya generado un riesgo para la vida o la integridad física de las personas. En el caso de las reuniones y manifestaciones serán responsables los organizadores o promotores.
- C.La celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas quebrantando la prohibición o suspensión ordenada por la autoridad correspondiente por razones de seguridad pública.
- D.La proyección de haces de luz, mediante cualquier tipo de dispositivo, sobre los pilotos o conductores de medios de transporte que puedan deslumbrarles o distraer su atención y provocar accidentes.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 35 de la Ley Orgánica 4/2015 tipifica infracciones muy graves. El escalamiento de edificios o monumentos sin autorización es una infracción GRAVE (artículo 36), no muy grave. Las opciones B, C y D sí constituyen infracciones muy graves: manifestaciones no comunicadas en zonas de servicios esenciales con riesgo, celebración de espectáculos quebrantando prohibición, y proyección de haces de luz sobre conductores.