Se requerirán en todo caso audiencia de los municipios interesados y dictamen del Consejo de Estado o del órgano consultivo superior de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, para la:
- A.Creación de un municipio
- B.Alteración de términos municipales
- C.Ambas son correctasRespuesta correcta
- D.Ninguna es correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 13 de la LBRL requiere audiencia de municipios interesados y dictamen del Consejo de Estado tanto para creación como para alteración de términos municipales.