Conforme al artículo 6 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, a tenor de lo dispuesto en la correspondiente reglamentación, los puestos de servicio en las respectivas categorías se proveerán conforme a los criterios de:
- A.Igualdad, mérito y capacidad.
- B.Mérito, capacidad y antigüedad.
- C.Igualdad, publicidad y antigüedad.
Explicación
Pregunta anulada. El tribunal anulo esta pregunta sobre el artículo 6 de la Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, referente a los criterios de provisión de puestos de servicio en las categorías. Sin opciones no puede emitirse una explicación fundamentada.