Según la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, para la promoción interna:
- A.Deberá reservarse como máximo el 50 por 100 de las plazas vacantes para el acceso a los cuerpos de policía local a través de la categoría de Policía para su convocatoria por el turno de promoción interna, de forma independiente o conjunta con los procesos de concurso oposición libre.
- B.Se podrá reservar un porcentaje no superior al 50 por 100 de las plazas vacantes para el acceso a los cuerpos de policía local a través de la categoría de Policía para su convocatoria por el turno de promoción interna, de forma independiente o conjunta con los procesos de concurso oposición libre.Respuesta correcta
- C.Deberá reservarse un porcentaje del 50 por 100 o superior de las plazas vacantes para el acceso a los cuerpos de policía local a través de la categoría de Policía para su convocatoria por el turno de promoción interna, de forma independiente o conjunta con los procesos de concurso oposición libre.
Explicación
Ley 1/2018 Madrid art. 41: promoción interna FACULTATIVA (se podrá), máx. 50% plazas. No obligatoria; municipios deciden proporción con oposición libre.