En relación con el tratamiento y conservación de imágenes, el artículo 18.3., de la ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, establece que las grabaciones serán destruidas en el plazo máximo de:
- A.De dos meses desde su captación, salvo que estén relacionadas con infracciones penales o administrativas graves o muy graves en materia de seguridad pública.
- B.De un mes desde su captación, salvo que estén relacionadas con infracciones penales o administrativas graves o muy graves en materia de seguridad pública.
- C.De tres meses desde su captación, salvo que estén relacionadas con infracciones penales o administrativas graves o muy graves en materia de seguridad pública.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 18.3 de la Ley Orgánica 7/2021 establece que las grabaciones de imágenes y sonido serán destruidas en plazo máximo de TRES MESES desde su captación, salvo excepciones por infracciones o procedimientos en curso.