En aquellos procedimientos no penales en los que las alegaciones de la parte actora se fundamentan en actuaciones discriminatorias por razón de sexo, ¿a quién corresponderá probar la ausencia de discriminación en las medidas adoptadas y su proporcionalidad?
- A.A la parte actora.
- B.A la persona demandada.Respuesta correcta
- C.Al Ministerio Fiscal.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 13.1 de la Ley Orgánica 3/2007 invierte la carga de la prueba: en procedimientos no penales por discriminación por sexo, corresponde a la demandada probar la ausencia de discriminación y proporcionalidad.