Pregunta 35

Policía Local - 2022 - Policía Local - Torrent

Según el Real Decreto 970/2020, de 10 de noviembre, por el que se modifican el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre y el Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, en materia de medidas urbanas de tráfico, en su artículo primero: modifica el artículo 38 del decreto 1428/2003, de 21 de noviembre incorporando el apartado 4 el cual dice:

  • A.60 km/h en llano y cumplan las condiciones que se señalan en el anexo III de este reglamento.
  • B.Se prohíbe circular por travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías que transcurren dentro de poblado con vehículos de movilidad personal. Asimismo, queda prohibida la circulación de estos vehículos en túneles urbanos.Respuesta correcta
  • C.Todo conductor que, por razones de emergencia, se vea obligado a circular con su vehículo por una autopista o autovía a velocidad anormalmente reducida, regulada en el artículo 49.1, deberá abandonarla por la primera salida.
  • D.Los vehículos especiales o en régimen de transporte especial que excedan de las masas o dimensiones establecidas en el Reglamento General de Vehículos podrán circular, excepcionalmente, por autopistas y autovías cuando así se indique en la autorización complementaria de la que deben ir provistos, y los que no excedan de dichas masas o dimensiones, cuando, con arreglo a sus características, puedan desarrollar una velocidad superior

Explicación

La respuesta correcta es B. El RD 970/2020 modificó art. 38 RGC prohibiendo circulación de vehículos de movilidad personal en travesías, vías interurbanas, autopistas/autovías y túneles urbanos.