Pregunta 27

Policía Local - 2022 - Policía Local - Torrent

En relación con los delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico, el artículo 245.2 del Código Penal establece lo siguiente:

  • A.“El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviese en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.”
  • B.“El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble o edificio ajenos que no constituya morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses”Respuesta correcta
  • C.“El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviese en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses”.
  • D.“Al que, con violencia o intimidación en las personas, ocupare una cosa inmueble o usurpare un derecho real inmobiliario de pertenencia ajena, se le impondrá, además de las penas en que incurriese por las violencias ejercidas, la pena de prisión de uno a dos años, que se fijará teniendo en cuenta la utilidad obtenida y el daño causado”.

Explicación

La respuesta correcta es B. El artículo 245.2 del Código Penal regula la usurpación no violenta: 'El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con multa de tres a seis meses.' Esta descripción se ajusta a la opción B.