La pérdida de la condición de Concejal o concejala no puede producirse por:
- A.Causar baja en el partido o lista electoral por la que fue elegido.Respuesta correcta
- B.Por renuncia.
- C.Por incompatibilidad
- D.Decisión judicial firme.
Explicación
La respuesta correcta es A. Causar baja en el partido no produce pérdida de la condición de concejal según art. 73.3 LBRL, el cargo es personal e independiente de la afiliación política.